Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza
Alerta de la modificación de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre en Perú

En el marco de los objetivos desarrollo sostenible-dimensión ambiental y del acuerdo de gobernabilidad “Un desafío para el desarrollo integral y sostenible 2023-2026”

La Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza de Ucayali es un espacio de diálogo y consenso que confluye sociedad civil y Estado, es en este espacio donde el Comité Ejecutivo Regional propone estrategias y recomendaciones para disminuir la pobreza en la región. En ese sentido las políticas planteadas y ratificadas en los Acuerdos de Gobernabilidad 2023 – 2026, proponen alternativas de políticas para mejorar la salud de sus ciudadanos, la atención a sus demandas a fin de disminuir los indicadores de pobreza y el desarrollo sostenible de Ucayali.

Conocidas las políticas y metas en la dimensión ambiental del Acuerdo de Gobernabilidad 2023-2026 y los 17 Objetivos del Desarrollo Sostenible 2030 para vivir en armonía con la naturaleza libre de contaminación y sostenibilidad ambiental, y luego de revisar la ratificación y Ordenanza Regional 002-2023-GRU-CR de los Acuerdos de Gobernabilidad 2023-2026 en Ucayali.

Hoy ponemos en ALERTA AL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Y CONGRESO DE LA REPÚBLICA sobre la aprobación por insistencia de la modificación de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, las cuales promueven deforestación en la Amazonía a gran escala, vulneran los derechos colectivos de los pueblos originarios y poblaciones locales y haciendo caso omiso a regulaciones ambientales nacionales e internacionales.

● Permite legalizar áreas deforestadas para actividades agropecuarias, poniendo en peligro ecosistemas vitales para el equilibrio ambiental, debido a que la modificación a la Ley Forestal se convierte en un incentivo para atraer aún más conflicto, destrucción y muerte a la Amazonía Peruana

● Compromete los acuerdos internacionales de conservación, ya que falta a los acuerdos de regulación contra la deforestación de la Unión Europea y contraviene el TLC Perú - EEUU que prohíbe expresamente el debilitamiento de la legislación ambiental vigente para promover el comercio internacional, compromiso que se estaría violando con esta ley.

● Esta modificatoria no tiene la participación de organizaciones representativas de pueblos indígenas, contradiciendo tratados internacionales como el Convenio de las Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica, y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Cabe mencionar que la ley forestal vigente sí pasó por un amplio proceso de consulta pública.

● Compromete la sostenibilidad ambiental del país al modificar las reglas del cambio de uso de la tierra al crear “áreas de exclusión para fines agropecuarios” que serían exceptuadas de tener que realizar la clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor, así como de los requisitos del cambio de uso de la tierra (que son exigidos en el artículo 38 de la Ley Forestal).

La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), bases regionales como Organización Regional AIDESEP(ORAU) y diversas federaciones de pueblos originarios alrededor de la Amazonía peruana, rechazan la modificatoria de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (LFFS), que se promovió inconsultamente y de manera ilegal en el Congreso de la República del Perú.

Esta modificatoria promueve la deforestación y facilita el otorgamiento de derechos sobre los bosques a favor de terceros y ha violado los derechos a la consulta y consentimiento previo libre e informado. Más grave aún esta modificatoria promoverá el despojo de los territorios integrales ancestrales de las poblaciones originarias e incrementará las amenazas y la vida de los defensores indígenas ambientales, así como la vida e integridad biológica, cultural, ambiental y espiritual. Al derogar el artículo 38 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la convierte un mecanismo de pernicioso al instalarse actividades agropecuarias o agroindustriales sin evaluar previamente si un área tiene capacidad para ser usada como tierra forestal o agropecuaria, beneficiando a empresas que hayan incumplido previamente con los requisitos exigidos en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, debilitando la protección a los bosques y la gestión ambiental, y promoviendo la deforestación legal, con el riesgo de incentivar nuevas y mayores deforestaciones en el futuro sin considerar que la principal causa de las emisiones de gases de efecto invernadero en el Perú -que impulsa el cambio climático- es la deforestación que ocurre por el cambio de uso del suelo.

Exhortamos a la no implementación de esta modificatoria a la Ley Forestal, asimismo, planteamos que desde el Consejo de Asuntos Ambientales del Acuerdo de Promoción Comercial entre Perú y los EE.UU. se solicite información al Estado peruano y se organice una misión de investigación en Perú sobre los impactos de las consecutivas normas que vienen flexibilizando los estándares en el plano ambiental desde la entrada en vigor del Acuerdo de Promoción Comercial de Perú (APC), para así garantizar la implementación efectiva de los compromisos asumidos por ambos países a través de dicho acuerdo.

Pucallpa, 15 de marzo del 2024.